Recientemente, el Real Decreto-ley 19/2021, de 5 de octubre, incluía una nueva Disposición adicional quincuagésima a la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por el cual establecía nuevas bonificaciones y deducciones para aquellos que decidiesen realizar reformas en su hogar. La mayoría de estas ayudas están dirigidas a la mejora de la eficiencia energética de las viviendas en materias como la calefacción, refrigeración, consumo de energía o rehabilitación energética.
Estas deducciones se verán reflejadas en la cuota íntegra del IRPF y serán de aplicación sobre las cantidades pagadas en obras de rehabilitación. Aunque para poder cumplir los requisitos es esencial que los interesados reduzcan en ciertos porcentajes los consumos diarios. Para ello, en muchos casos se solicitará un certificado de eficiencia energética así como otros documentos que verifiquen los cambios y obras en el hogar. Estas medidas, indicadas en el BOE, responden al Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2021-2030 que establece la meta de alcanzar la rehabilitación energética de 1,2 millones de viviendas al lo largo del periodo mencionado.
Calefacción y refrigeración
En primer lugar, la normativa establece una deducción del 20% de las cantidades satisfechas para los contribuyentes que realicen reformas con el propósito de reducir el consumo de calefacción y refrigeración de la vivienda habitual o arrendada. La fecha de plazo es hasta el 31 de diciembre de 2022 y se limita a una base máxima de deducción de 5.000 euros anuales.
Eso sí, las obras efectuadas deben generar una reducción de al menos un 7% en la demanda de calefacción y refrigeración. Esto podrá comprobarse a través del certificado de eficiencia energética de la vivienda.
Consumo de energía
La segunda opción para acceder a estas deducciones son las obras que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética de la vivienda habitual o arrendada. En concreto se otorgará un 40% de las cantidades satisfechas por las obras realizadas hasta el 31 de diciembre de 2022. Como máximo, los interesados podrán gastarse un total de 7.500 euros anuales.
Al igual que en el caso anterior, la reducción del consumo de energía primaria no renovable tendrá que ser de al menos el 30%. Para verificarlo será necesario aportar un certificado de eficiencia energética de la vivienda o bien que la vivienda pase a la clase A o B en la escala de calificación.
Edificios residenciales
En último lugar, la tercera deducción se centra en los edificios cuyo uso predominante sea residencial. Según indican en la normativa, se aplicará una deducción del 60% sobre las cantidades satisfechas por el titular de la vivienda hasta el 31 de diciembre de 2023.
Asimismo, el conjunto del edificio en el que se ubica tendrá que obtener el certificado de eficiencia energética. Esta reducción tendrá que ser de al menos un 30%, aunque también se valorará que obtenga la clase A o B en la calificación. Y otro detalle importante es que como máximo se compensarán hasta 15.000 euros.
FUENTE: NOTICIA11.02.2022 - 12:08h
https://www.lainformacion.com/vivienda-inmobiliario/tres-deducciones-reformar-vivienda-acceso-2022/2859663/?utm_source=Facebook&utm_medium=social&utm_campaign=viviendapedia&fbclid=IwAR0X2LY-l41ZYha0p-H9M-KS4emrba-Eo5BO92--42zpPUwkJAoQse1JjiM